Rep. Dominicana. Al observar la ley que crea el Parque
Nacional Loma Miranda, el presidente Danilo Medina actuó bajo los lineamientos
constitucionales correctos, según afirmó esta mañana el jurista experto en
Derecho Constitucional, Flavio Darío Espinal. Refirió que normalmente el Presidente de la República
observa una ley en base a consideraciones de idoneidad, oportunidad, enfoque de
políticas públicas, es decir, va más al aspecto que concierne al contenido de
la pieza, porque se trata de una cuestión política, en el sentido de que
participa, como co-legislador en la formulación de las leyes.
Flavio Darío Espinal manifestó que en el caso de la pieza
que consigna a Loma Miranda Parque Nacional, el presidente Danilo Medina adoptó
una modalidad de observación que muy pocas veces se utiliza y que sustenta la
devolución al Congreso Nacional fundamentándose en consideraciones de orden
constitucional.
Explicó que cuando se creó el sistema presidencial en los
Estados Unidos, los primeros presidentes entendieron que el “veto”, como se
llama usualmente en esa nación, podría ser por razones de constitucionalidad.
El experto jurista en materia constitucional habló en el
programa A Diario, que conduce el periodista Cristhian Jiménez a través de
Digital 15. Entre sus consideraciones sobre la razón constitucional
de la disposición del Jefe de Estado dominicano, Espinal citó un ejemplo
reciente de cuando el Congreso estadounidense,
de manera unánime, le envió una ley al presidente Barack Obama, que
prohibía aceptar como embajador de las Naciones Unidas a un personaje nominado
por Irán.
Como dicha la pieza contaba con mucho apoyo popular, el
Ejecutivo norteamericano firmó la ley, pero al mismo tiempo declaró que era
inaplicable porque él tiene una facultad constitucional de aceptar o no aceptar
embajadores que llegan de otros países.
Retomando el tema dominicano, el jurista expresó: “De modo
que el presidente Medina, con relación a este punto utilizó razones
constitucionales para observar la ley y no podía ser de otra manera porque lo que la ley hace es declarar un lugar, Loma
Miranda, Parque Nacional. No como una ley, digamos de reforma fiscal, que tiene
300 artículos y tú puedes escoger allí o aquí y establecer que por tal razón,
yo voy a observar la ley para que me cambien tres artículos”.
Espinal consideró que tanto el Congreso Nacional como el
Presidente de la República juegan un rol en la concepción de las leyes, de modo
que el Presidente puede introducir
proyectos de leyes y promulgar esas leyes y los legisladores introducen de
igual modo proyectos de leyes y son los que las aprueban.
“Lo que ha ocurrido ahora es que no hay ley. La Ley (Loma
Miranda Parque Nacional) se cayó y como la ley se cayó, y se cayó por buenas
razones, sencillamente el Presidente la devolvió donde tenía que devolverla,
que es de donde la recibió, que fue del Senado. La presidenta del Senado
consulta a los senadores sobre lo que piensan de la decisión del Ejecutivo y la
gran mayoría aceptó las observaciones; quiere decir que el proyecto se cayó”,
recalcó.
Flavio Darío Espinal indicó que para que esta pieza “no
se cayera”, hacía falta que las dos terceras partes de los senadores presentes
o quórum, la aprobaran primero; pasar a la Cámara de Diputados después, y dos
terceras partes aprobarla nuevamente y devolverla al Presidente, quien entonces
hubiese estado obligado a promulgarla.
Resaltó que como no fue aprobada nuevamente en el Senado,
no tenía que pasar a la Cámara de Diputados y “entonces ahora mismo no hay nada
que llevar al Tribunal Constitucional”. Esto ocurre, observó, “porque en República Dominicana no
existe el control preventivo de las leyes y, por tanto, ya no hay nada que
mandar al Tribunal Constitucional; para mí eso acabó ahí”.
Expuso que en su objeto la referida pieza es una
declaratoria de un lugar en Parque Nacional, “y creo que Medina hizo lo
correcto con razones constitucionales”.