Autoridad del Transporte en RD retiene motocicletas sin placas
PORTADA 10:14
Rep. Dominicana.La Autoridad Metropolitana de
Transporte (Amet) estrenó una nueva modalidad de remolque de
motocicletas retenidas circulando por las vías públicas sin placa y por cometer
otras infracciones de transito, logrando llevar en la primera jornada varios
cientos de ese tipo de vehículos a los estacionamientos habilitados por la
institución en la capital.
“Estas plataformas, arrastradas en ocasiones a
los estacionamientos por pequeños tractores y en otras por camionetas, forman
parte de los equipos adquiridos en los últimos meses dentro proceso de
modernización del parque vehicular de la AMET”, dijo el organismo en un
comunicado prensa. Los estacionamientos
están ubicados en las avenidas Independencia y Monumental, dice la nota.
Manifestó que los miembros del Departamento de
Fiscalización, dirigido por un oficial superior, “han retenido en las últimas
horas cerca de quinientas motos por sus conductores cometer infracciones diversas a la
Ley 241, especialmente
su artículo 135, el que prohíbe al conductor ese medio
de transporte desplazarse sin llevar en la cabeza un casco protector,
confeccionado de un material resistente e inastillable”.
El oficial de prensa de AMET, Roberto Lebrón,
afirmó que “se trata de una iniciativa, en el caso de la retención de los
motores conducidos por una persona sin acaso, para garantizar la seguridad
física de estas”, al tiempo de indicar que “también esas unidades son retenidas
cuando el motociclista carece de documentos o es sorprendido transitando en vía
contraria”.
En tal sentido, Lebrón llamó la atención de
las empresas que usan el servicio de mensajería para que “hagan lo posible para
que sus empleados tengan los documentos correspondientes (licencia, matricula y
seguro) o de lo contrario tendrán dificultades par circular por las vías
públicas”. Y lo mismo ocurrida con los llamados “delivery” empleados por los
colmados y farmacias.
Recordó que los propietarios de vehículos de motor,
a lo que no escapan las motocicletas, están obligados “a proveerse de una
póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil en los caso de accidentes
causados a terceras personas o ala propiedad”, conforme dispone el articulo
primero de la Ley 146-02, del 26 de septiembre de 2002.
Destacó que la Ley 241, en su artículo 29,
advierte que las personas que manejen motocicletas deben estar amparadas por
una licencia o autorización expedida por la Dirección General de Tránsito
Terrestre, con la advertencia de que el citado documento no puede ser utilizado
para guiar otros tipos de automóviles. “La ley es clara y todo ciudadano sabe
lo que le corresponde”, concluyó.(DominicanaDigital.net)