Magistrado RD destaca beneficios de la propuesta de ley de paternidad responsable
PORTADA 17:17
En
una entrevista realizada por el Observatorio Judicial Dominicano
(OJD-FUNGLODE), el juez del Tribunal Superior Electoral sostuvo que esta
ley constituiría una respuesta innovadora en la solución de algunos
problemas relacionados con el reconocimiento de la paternidad.
República Dominicana. El juez del Tribunal Superior Electoral (TSE), magistrado José Manuel
Hernández Peguero, sostuvo que el anteproyecto de “Ley de Paternidad
Responsable”, sometida al Congreso Nacional en 2014, propone un
procedimiento judicial sencillo y obligatorio que le garantizará a los
hijos el derecho fundamental de identificar a sus padres.
Entrevistado
por Karina Pérez y Yamil Silverio, coordinadora y colaboradora de la
Unidad de Justicia Civil y Comercial e Inmobiliaria del Observatorio
Judicial Dominicano (OJD-FUNGLODE), respectivamente, Hernández Peguero
manifestó que la principal razón que lo impulsó a motivar la creación de
nuevas normas orientadas a promover la paternidad responsable es
garantizar a las mujeres y sus hijos el disfrute de los derechos que le
asisten.
“El
derecho fundamental de conocer a tu padre, de estar registrado como
hijo de este y por consiguiente, de recibir manutención, protección y
hasta cariño, es lo que nos motiva a establecer en una propuesta de
anteproyecto de ley, un procedimiento judicial sencillo, ágil y
obligatorio que le permita a la madre dominicana que pasa por estas
dificultades garantizar el sustento de esa criatura”, precisó.
Dijo
que la nueva propuesta aboga porque el reconocimiento de paternidad se
haga ante un juez de paz, que en la actualidad suman 165, para que la
mujer tenga un acceso más directo teniendo más cerca el tribunal que va a
conocer el proceso.
El
magistrado resaltó además que la propuesta establece diferentes tipos
de acciones judiciales como son el reconocimiento tardío, la demanda en
reclamación de sustento económico, la regulación de la custodia, la
guarda y el tiempo de visita del padre y todo eso está destinado a
conocerse en un mismo tribunal.
“En
este caso lo que estamos consiguiendo es que, además de la cercanía, la
madre no gaste mucho dinero, porque muchas veces no tiene la
posibilidad económica para contratar un abogado o para hacerlo por ella
misma, en el peor de los casos, con todas las dificultades que esto
conlleva”, puntualizó.
Carácter de obligatoriedad
El
magistrado Hernández precisó que uno de los principales aportes de la
propuesta de ley de paternidad responsable es que el reconocimiento de
la paternidad es de carácter obligatorio.
“El
problema del procedimiento actual es que no es obligatorio, la madre
acude si quiere. En el caso de la propuesta sí es obligatorio, no puede
existir hijo o hija sin padre y tan pronto se advierta al oficial del
Estado Civil, este debe velar que se cumpla con la exigencia de la ley y
está obligado a remitir el caso ante el juzgado de paz más cercano al
domicilio de la madre”, puntualizó.
Dijo
que otra diferencia que existe entre el procedimiento actual y el que
se propone es que independientemente de que la madre no tenga un papel
activo en el proceso, el Ministerio Público debe motorizar la acción.
“Una
vez el juez de paz reciba el acta y la declaración de la madre por
parte del oficial del Estado Civil, está obligado a citar a las partes”,
añadió.
Limitaciones
Respecto
a limitantes que pudiera enfrentar la eventual aplicación de la ley
propuesta, el magistrado Hernández señaló la negación del padre respecto
a permitir la extracción de sangre para practicarle la prueba de ADN.
“La
Constitución establece que debe prevalecer el derecho fundamental más
vulnerable. En este caso, estamos hablando del derecho a la integridad
personal, según el cual, nadie puede ser sometido, sin previo
consentimiento, a exámenes médicos”, precisó.
Sin
embargo, destacó que también están los derechos fundamentales del niño o
niña de conocer la identidad de su padre y de recibir la manutención o
los alimentos que le van a permitir desarrollarse.
“En
otros países la experiencia es que se impone ante todo el goce y el
derecho fundamental del niño o niña y que ese derecho se pueda facilitar
a través de la prueba de paternidad (ADN)”, indicó.
Ministerio Público a la luz de esta propuesta
El magistrado manifestó que las disposiciones del Ministerio Público (MP) fueron tomadas en cuenta en la propuesta.
“Por
una parte, en lo que respecta a procurar la ejecución de la decisión
que dicte el juez para hacer posible que el presunto padre comparezca
ante el laboratorio”, dijo.
Según Hernández Peguero, el MP también juega un papel determinante en el proceso de la declaración tardía.
Dijo
que la actual ley establece la facultad de la investigación del caso
para determinar si el registro en la oficialía se realizó en el tiempo
oportuno. Sin embargo, precisó que en la propuesta de ley de paternidad
responsable, el Ministerio Público que actuará será el fiscalizador ante
el juez de paz.
El
magistrado destacó que el proyecto es su iniciativa, pero no es de su
autoría. “Esta ley existe en más de diez países, aquí lo que hemos hecho
es adecuarla a la realidad dominicana, con ciertas diferencias y
novedades”, puntualizó.