EN PUERTO RICO: Multan a Recinto de Ciencias Médicas en caso de agresión sexual
INTERNACIONALES 12:04
La institución de la Universidad de Puerto Rico no activó el debido protocolo
Por Leysa Caro González
Puerto Rico. Como si las heridas físicas y emocionales que dejó en su cuerpo la agresión sexual de la que fue víctima no fueran lo suficientemente traumáticas, una doctora residente del Programa de Educación Graduada del Departamento de Obstetricia y Ginecología (OBYGN) del Recinto de Ciencias Médicas (RCM) de la Universidad de Puerto Rico, tuvo que enfrentar la apatía de la institución académica que, en vez de garantizar sus derechos, los violentó y se ocupó en defender al agresor.
La administración, según reveló la investigación de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM), evadió su responsabilidad a pesar de que la agresión sexual fue cometida durante la celebración de una actividad oficial y el agresor fue un compañero doctor residente de tercer año que se valió de una sustancia para drogarla, llevarla a un lugar desconocido y agredirla.
El agresor, contra quien el Departamento de Justicia radicó en marzo cargos criminales por agresión sexual, conspiración y secuestro agravado fue identificado como Manuel Morales Maldonado.
De acuerdo con la investigación administrativa –que contó con testigos de ambas partes–, el RCM no activó el protocolo institucional, no apoyó ni orientó a la víctima sobre cómo presentar una querella, no brindó apoyo ni consejería y no tuvo la intención de iniciar una investigación a pesar de que el protocolo interno establece que puede hacerlo sin que la víctima haya formalizado una querella.
“Es altamente reprochable que una institución de educación superior cuyo propósito es promover el respeto, la igualdad y el intercambio de ideas se convierta en la defensa de los imputados de una agresión sexual y robo contra una de sus estudiantes”, lee parte de la resolución firmada por la oficial examinadora, la licenciada Valerie Rodríguez.
La falta de acción por parte del rector del Recinto de Ciencias Médicas, Noel Aymat Santana, le valió a la institución una multa administrativa de $20,000. De estos, $10,000 son por violar y no activar su Política para la Prevención e Intervención en casos de Violencia Doméstica, Agresión Sexual y Asecho para estudiantes del RCM y, los otros $10,000, van dirigidos a la víctima por los daños y perjuicios sufridos por los actos y omisiones de parte de la institución.
“No se le dio el compromiso ni la sensibilidad a la víctima, sino que fue revictimizada durante el proceso. Si nosotros no hubiésemos intervenido allí no hubiera pasado nada, porque allí no hubo intención alguna de proteger a la doctora”, denunció la procuradora Wanda Vázquez.
Aymat Santana adelantó, mediante declaraciones escritas, que apelarán la determinación de la OPM. El rector alegó además que la resolución es “parcializada y prejuiciada hacia el recinto”. “La resolución será apelada. En el recinto, estamos comprometidos en cumplir con las políticas antidiscrimen y favorecemos los derechos de la mujer”, sostuvo.
Los hechos en discusión se remontan al 23 de mayo de 2014, cuando la víctima asistió a una actividad del Programa de Residencia del Departamento de Obstetricia y Ginecología del RCM, conocida como retreat y cuya asistencia era requerida a todos los médicos residentes. Según el testimonio de la víctima, fue a eso de las 2:00 p.m. cuando aceptó un trago de parte de Morales Maldonado. Su próximo recuerdo fue despertar en una cama de un lugar desconocido. Junto a ella estaban Morales Maldonado y una fémina que ha sido identificada por las autoridades como Yomayra de Jesús Rodríguez.
Según fue retomando conciencia y aprovechando que el hombre no se encontraba en la habitación, logró salir y finalmente llegar a su residencia a las 11:00 p.m. Al día siguiente de los hechos, el 24 de mayo de 2014, visitó el hospital HIMA de Fajardo, donde se sometió a un rape kit. Cinco días después, el 29 de mayo, presentó ante la Policía una querella contra el también doctor por agresión sexual.
“Es la revictimización lo que muchas veces crea unas secuelas emocionales más profundas que la misma agresión, porque es la respuesta, la incredulidad, la falta de apoyo”, agregó Vázquez.
Caso omiso
Además de fallar en la activación del Protocolo, el RCM –a través de facultativos– “amenazó” a la residente con no permitirle completar su residencia ante ausencias posteriores a la agresión y le solicitó, en medio de su proceso de recuperación, que firmara una carta para exonerar a uno de los médicos implicados de toda responsabilidad.
“Tu [sic] lo podrías ayudar. Siempre y cuando él no haya estado envuelto, no te haya hecho ningún daño y no vayas a presentar cargos en su contra”, lee un fragmento del e-mail enviado a la víctima, solicitando que interveniera por un compañero que el mismo día de los hechos mencionados realizó compras con su tarjeta de crédito por sobre $800.
Pero esa no fue la única comunicación que llegó a oídos de la víctima. El rector recibió además una carta firmada por 111 personas –entre facultativos, estudiantes y residentes– en la que le solicitaban que se levantara la suspensión que se había impuesto contra Morales Maldonado.
Luego de la investigación oficial, al médico residente no se le otorgó el grado.
La doctora formalizó su querella ante el RCM el 9 de diciembre de 2014, casi siete meses después de lo ocurrido, luego de ser orientada por la OPM y haber recibido ayuda y consejería a través del proyecto PASOS, dedicado a ayudar a sobrevivientes de agresión sexual y violencia doméstica. Sin embargo, no fue hasta el 20 de enero de 2015 que se asignó un oficial investigador para atender los señalamientos.
De acuerdo con el testimonio de la licenciada Irene Reyes, del RCM, la misiva se tardó en llegar a la División Legal y ante la cercanía del receso navideño “dejamos el trámite de la querella a enero”.
Mientras, la primera comunicación para entrevistar a la víctima por parte de la institución ocurrió en abril. Un mes después el oficial recomendó la formulación de cargos contra el agresor y la separación inmediata del Programa de Residencia.
Dicen que actuaron correctamente
Aunque es un hecho que la institución tuvo conocimiento de lo ocurrido el 29 de mayo de 2014 y no fue hasta transcurridos 11 meses que inició una investigación, Aymat Santana sostuvo durante las vistas administrativas en la OPM que el RCM cumplió con sus obligaciones legales.
El funcionario alegó que intentaron comunicarse con la víctima pero no contaban “con las herramientas para hacer más nada”. Señaló además que lo único que tenían era una querella bien general, lo que les imposibilitaba iniciar una investigación.
Manifestó que la obligación de establecer medidas de seguridad en el RCM no aplicaba porque la doctora ya se había graduado y no se encontraba en el Recinto al momento de los hechos.
A preguntas de si coordinó algún servicio para la víctima, dijo que no tenía conocimiento. “A mí no me consta que no se le hayan ofrecido... los servicios están disponibles. Para mí ofrecer es que estén disponibles... Esa es mi interpretación”, fue parte del testimonio de Aymat Santana, según el documento de la OPM.
“Están en el segundo piso. La puerta está abierta... está el letrero, está la puerta y está la persona”, agregó sobre la disponibilidad de servicios de apoyo y consejería a víctimas de agresión sexual.
Respecto a la carta solicitando que se le levantara la suspensión al doctor, dijo que la misiva no iba en contra de la política interna, ya que no desalentaba a la víctima a tomar acción en contra de su agresor. “Porque no era dirigida a la sobreviviente”, alegó en su testimonio.
Coinciden
La doctora Linda Laras, directora del programa PASOS, entidad a la que inicialmente la víctima fue a buscar ayuda por recomendación de la Policía, reconoció durante su testimonio que la institución académica falló.
La también catedrática del RCM admitió que “los pasos no se siguieron”. Una de las fallas, dijo, estuvo en no informar a la comunidad universitaria sobre la comisión de un delito.
En su testimonio, Laras –quien participó de una reunión entre los miembros de la facultad y el equipo legal del RCM para discutir el asunto– lamentó cómo algunas de las expresiones de académicos realizadas durante ese cónclave fueron de claro apoyo hacia Morales Maldonado.
“Yo me sentí indignada con eso porque entendía que la facultad tenía que ser objetiva, no tomar lados y que su verdadera responsabilidad era traerlo (el asunto) al Departamento... Tuvo que venir la (víctima) a nosotros para yo saberlo y eso me preocupó mucho”, sostuvo Laras.
Por su parte, Magdalena Cruz, trabajadora social del programa PASOS y quien atendió directamente a la víctima, destacó que en ningún momento el RCM se comunicó con la entidad para una consulta sobre cómo manejar la situación o para hacerle un referido oficial.
Ante interrogantes de la abogada de la OPM, Cruz dijo que el mal manejo de parte del RCM en este caso consistía en varias faltas, y destacó: fallas con la política institucional, incumplimiento con el mandato de cero tolerancia, no brindaron consejería, promovieron la intervención de la víctima con uno de los causantes de sus daños y violaron la política de no desalentar a las víctimas de sus reclamaciones, ya que la carta de apoyo a favor de uno de los sujetos “es una manera terrible de desalentar”.
Agregó que conforme a la política de confidencialidad era obligación del RCM hacer un balance de intereses entre el derecho público de conocer la información si existe un riesgo de que el incidente se vuelva a repetir. Sostuvo que los pacientes del RCM tenían derecho a saber que el médico –que seguía atendiendo en el Departamento de OBYGN– estaba señalado por agresión sexual y así decidir si se atendían con él.
De hecho, la ley federal conocida como Jean Clary Act exige que toda institución cobijada por el estatuto haga reportes periódicos a la comunidad de crímenes que consideren pueden representar una amenaza para otros estudiantes y empleados.
Recurrente
No es la primera vez que el RCM es multado por la OPM. En abril de este año, la institución emitió un pago de $10,000 por violar su política interna contra el hostigamiento sexual.
En ese caso, los actos se remontan al 2014 cuando la querellante, aún estudiante de medicina, presentó una querella contra un profesor por hostigamiento sexual.
El catedrático, según la investigación, le enviaba correos electrónicos con alto contenido sexual.
Por virtud del capítulo VI, artículo 10 de la Ley 20 de 2001, la OPM tiene la función de adjudicar querellas relacionadas con acciones u omisiones que lesionen los derechos de las mujeres y les nieguen los beneficios y las oportunidades a que tienen derecho. Los procesos adjudicativos, por su parte, se rigen por la Ley 170 y por los reglamentos adoptados por la OPM.
En caso de violaciones, la Procuradora tiene la facultad de imponer multas administrativas de hasta un máximo de $10,000.
Por Leysa Caro González
Puerto Rico. Como si las heridas físicas y emocionales que dejó en su cuerpo la agresión sexual de la que fue víctima no fueran lo suficientemente traumáticas, una doctora residente del Programa de Educación Graduada del Departamento de Obstetricia y Ginecología (OBYGN) del Recinto de Ciencias Médicas (RCM) de la Universidad de Puerto Rico, tuvo que enfrentar la apatía de la institución académica que, en vez de garantizar sus derechos, los violentó y se ocupó en defender al agresor.
La administración, según reveló la investigación de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM), evadió su responsabilidad a pesar de que la agresión sexual fue cometida durante la celebración de una actividad oficial y el agresor fue un compañero doctor residente de tercer año que se valió de una sustancia para drogarla, llevarla a un lugar desconocido y agredirla.
El agresor, contra quien el Departamento de Justicia radicó en marzo cargos criminales por agresión sexual, conspiración y secuestro agravado fue identificado como Manuel Morales Maldonado.
De acuerdo con la investigación administrativa –que contó con testigos de ambas partes–, el RCM no activó el protocolo institucional, no apoyó ni orientó a la víctima sobre cómo presentar una querella, no brindó apoyo ni consejería y no tuvo la intención de iniciar una investigación a pesar de que el protocolo interno establece que puede hacerlo sin que la víctima haya formalizado una querella.
“Es altamente reprochable que una institución de educación superior cuyo propósito es promover el respeto, la igualdad y el intercambio de ideas se convierta en la defensa de los imputados de una agresión sexual y robo contra una de sus estudiantes”, lee parte de la resolución firmada por la oficial examinadora, la licenciada Valerie Rodríguez.
La falta de acción por parte del rector del Recinto de Ciencias Médicas, Noel Aymat Santana, le valió a la institución una multa administrativa de $20,000. De estos, $10,000 son por violar y no activar su Política para la Prevención e Intervención en casos de Violencia Doméstica, Agresión Sexual y Asecho para estudiantes del RCM y, los otros $10,000, van dirigidos a la víctima por los daños y perjuicios sufridos por los actos y omisiones de parte de la institución.
“No se le dio el compromiso ni la sensibilidad a la víctima, sino que fue revictimizada durante el proceso. Si nosotros no hubiésemos intervenido allí no hubiera pasado nada, porque allí no hubo intención alguna de proteger a la doctora”, denunció la procuradora Wanda Vázquez.
Aymat Santana adelantó, mediante declaraciones escritas, que apelarán la determinación de la OPM. El rector alegó además que la resolución es “parcializada y prejuiciada hacia el recinto”. “La resolución será apelada. En el recinto, estamos comprometidos en cumplir con las políticas antidiscrimen y favorecemos los derechos de la mujer”, sostuvo.
Los hechos en discusión se remontan al 23 de mayo de 2014, cuando la víctima asistió a una actividad del Programa de Residencia del Departamento de Obstetricia y Ginecología del RCM, conocida como retreat y cuya asistencia era requerida a todos los médicos residentes. Según el testimonio de la víctima, fue a eso de las 2:00 p.m. cuando aceptó un trago de parte de Morales Maldonado. Su próximo recuerdo fue despertar en una cama de un lugar desconocido. Junto a ella estaban Morales Maldonado y una fémina que ha sido identificada por las autoridades como Yomayra de Jesús Rodríguez.
Según fue retomando conciencia y aprovechando que el hombre no se encontraba en la habitación, logró salir y finalmente llegar a su residencia a las 11:00 p.m. Al día siguiente de los hechos, el 24 de mayo de 2014, visitó el hospital HIMA de Fajardo, donde se sometió a un rape kit. Cinco días después, el 29 de mayo, presentó ante la Policía una querella contra el también doctor por agresión sexual.
“Es la revictimización lo que muchas veces crea unas secuelas emocionales más profundas que la misma agresión, porque es la respuesta, la incredulidad, la falta de apoyo”, agregó Vázquez.
Caso omiso
Además de fallar en la activación del Protocolo, el RCM –a través de facultativos– “amenazó” a la residente con no permitirle completar su residencia ante ausencias posteriores a la agresión y le solicitó, en medio de su proceso de recuperación, que firmara una carta para exonerar a uno de los médicos implicados de toda responsabilidad.
“Tu [sic] lo podrías ayudar. Siempre y cuando él no haya estado envuelto, no te haya hecho ningún daño y no vayas a presentar cargos en su contra”, lee un fragmento del e-mail enviado a la víctima, solicitando que interveniera por un compañero que el mismo día de los hechos mencionados realizó compras con su tarjeta de crédito por sobre $800.
Pero esa no fue la única comunicación que llegó a oídos de la víctima. El rector recibió además una carta firmada por 111 personas –entre facultativos, estudiantes y residentes– en la que le solicitaban que se levantara la suspensión que se había impuesto contra Morales Maldonado.
Luego de la investigación oficial, al médico residente no se le otorgó el grado.
La doctora formalizó su querella ante el RCM el 9 de diciembre de 2014, casi siete meses después de lo ocurrido, luego de ser orientada por la OPM y haber recibido ayuda y consejería a través del proyecto PASOS, dedicado a ayudar a sobrevivientes de agresión sexual y violencia doméstica. Sin embargo, no fue hasta el 20 de enero de 2015 que se asignó un oficial investigador para atender los señalamientos.
De acuerdo con el testimonio de la licenciada Irene Reyes, del RCM, la misiva se tardó en llegar a la División Legal y ante la cercanía del receso navideño “dejamos el trámite de la querella a enero”.
Mientras, la primera comunicación para entrevistar a la víctima por parte de la institución ocurrió en abril. Un mes después el oficial recomendó la formulación de cargos contra el agresor y la separación inmediata del Programa de Residencia.
Dicen que actuaron correctamente
Aunque es un hecho que la institución tuvo conocimiento de lo ocurrido el 29 de mayo de 2014 y no fue hasta transcurridos 11 meses que inició una investigación, Aymat Santana sostuvo durante las vistas administrativas en la OPM que el RCM cumplió con sus obligaciones legales.
El funcionario alegó que intentaron comunicarse con la víctima pero no contaban “con las herramientas para hacer más nada”. Señaló además que lo único que tenían era una querella bien general, lo que les imposibilitaba iniciar una investigación.
Manifestó que la obligación de establecer medidas de seguridad en el RCM no aplicaba porque la doctora ya se había graduado y no se encontraba en el Recinto al momento de los hechos.
A preguntas de si coordinó algún servicio para la víctima, dijo que no tenía conocimiento. “A mí no me consta que no se le hayan ofrecido... los servicios están disponibles. Para mí ofrecer es que estén disponibles... Esa es mi interpretación”, fue parte del testimonio de Aymat Santana, según el documento de la OPM.
“Están en el segundo piso. La puerta está abierta... está el letrero, está la puerta y está la persona”, agregó sobre la disponibilidad de servicios de apoyo y consejería a víctimas de agresión sexual.
Respecto a la carta solicitando que se le levantara la suspensión al doctor, dijo que la misiva no iba en contra de la política interna, ya que no desalentaba a la víctima a tomar acción en contra de su agresor. “Porque no era dirigida a la sobreviviente”, alegó en su testimonio.
Coinciden
La doctora Linda Laras, directora del programa PASOS, entidad a la que inicialmente la víctima fue a buscar ayuda por recomendación de la Policía, reconoció durante su testimonio que la institución académica falló.
La también catedrática del RCM admitió que “los pasos no se siguieron”. Una de las fallas, dijo, estuvo en no informar a la comunidad universitaria sobre la comisión de un delito.
En su testimonio, Laras –quien participó de una reunión entre los miembros de la facultad y el equipo legal del RCM para discutir el asunto– lamentó cómo algunas de las expresiones de académicos realizadas durante ese cónclave fueron de claro apoyo hacia Morales Maldonado.
“Yo me sentí indignada con eso porque entendía que la facultad tenía que ser objetiva, no tomar lados y que su verdadera responsabilidad era traerlo (el asunto) al Departamento... Tuvo que venir la (víctima) a nosotros para yo saberlo y eso me preocupó mucho”, sostuvo Laras.
Por su parte, Magdalena Cruz, trabajadora social del programa PASOS y quien atendió directamente a la víctima, destacó que en ningún momento el RCM se comunicó con la entidad para una consulta sobre cómo manejar la situación o para hacerle un referido oficial.
Ante interrogantes de la abogada de la OPM, Cruz dijo que el mal manejo de parte del RCM en este caso consistía en varias faltas, y destacó: fallas con la política institucional, incumplimiento con el mandato de cero tolerancia, no brindaron consejería, promovieron la intervención de la víctima con uno de los causantes de sus daños y violaron la política de no desalentar a las víctimas de sus reclamaciones, ya que la carta de apoyo a favor de uno de los sujetos “es una manera terrible de desalentar”.
Agregó que conforme a la política de confidencialidad era obligación del RCM hacer un balance de intereses entre el derecho público de conocer la información si existe un riesgo de que el incidente se vuelva a repetir. Sostuvo que los pacientes del RCM tenían derecho a saber que el médico –que seguía atendiendo en el Departamento de OBYGN– estaba señalado por agresión sexual y así decidir si se atendían con él.
De hecho, la ley federal conocida como Jean Clary Act exige que toda institución cobijada por el estatuto haga reportes periódicos a la comunidad de crímenes que consideren pueden representar una amenaza para otros estudiantes y empleados.
Recurrente
No es la primera vez que el RCM es multado por la OPM. En abril de este año, la institución emitió un pago de $10,000 por violar su política interna contra el hostigamiento sexual.
En ese caso, los actos se remontan al 2014 cuando la querellante, aún estudiante de medicina, presentó una querella contra un profesor por hostigamiento sexual.
El catedrático, según la investigación, le enviaba correos electrónicos con alto contenido sexual.
Por virtud del capítulo VI, artículo 10 de la Ley 20 de 2001, la OPM tiene la función de adjudicar querellas relacionadas con acciones u omisiones que lesionen los derechos de las mujeres y les nieguen los beneficios y las oportunidades a que tienen derecho. Los procesos adjudicativos, por su parte, se rigen por la Ley 170 y por los reglamentos adoptados por la OPM.
En caso de violaciones, la Procuradora tiene la facultad de imponer multas administrativas de hasta un máximo de $10,000.
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